Nuevo decreto contra COVID-19
CC. Titulares de las Dependencias, Órganos y Entidades de la Administración Pública Estatal:
En ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 14, fracción X; 33, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y 9, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaria de Administración e Innovación Gubernamental y tomando en cuenta lo estipulado en el Decreto por el que se emiten medidas de protección a la salud, para atender la emergencia sanitaria generada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 6 de julio de 2022 en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco; de manera inmediata se deberán implementar las medidas siguientes:
Los servidores públicos deberán usar de manera obligatoria el cubrebocas en los centros de trabajo; además deberán mantener en todo momento las medidas básicas de higiene y seguridad, como lo son: el lavado de manos frecuente o el uso de gel antibacterial a base alcohol gel al 70%, estornudo de etiqueta, evitar saludar de mano o beso, desinfectar las superficies de manera constante durante la jornada de trabajo y cualquier otra medida que establezcan las autoridades sanitarias.
Para la resolución de asuntos especiales relacionados con la presente Circular, se estará a lo que determine el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas o su equivalente de cada Ente público, con base en la normatividad aplicable y bajo su más estricta responsabilidad.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarles un cordial saludo.
Carlos Enrique Iñiguez Rosique
Secretario de Administración e Innovación Gubernamental
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