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Vigilancia Sanitaria de la Publicidad (Monitoreo Publicitario)

Objetivo General:

Reducir el índice de riesgo sanitario en la población debido a decisiones, hábitos y conductas provocadas por publicidad ambigua o fraudulenta de productos y servicios sujetos a control sanitario.

 

 

Objetivos Específicos:

✔Crear una cultura de cumplimiento en los anunciantes, medios de comunicación y difusores con base a lo establecido en la legislación sanitaria vigente.

✔Disminuir la cantidad de anuncios con información fraudulenta sobre productos y servicios sujetos a control sanitario.

✔Alertar a la población sobre los daños o riesgos que representa este tipo de publicidad.

 

 

Alcance:

El Programa de Vigilancia Sanitaria de la Publicidad se aplica a nivel estatal, por lo que se opera en colaboración con las 17 Jurisdicciones Sanitarias de los municipios que integran el Estado de Tabasco con el fin de monitorear y registrar los anuncios de productos y servicios que se publiciten en TV, radio, medios impresos, vía internet (páginas web y redes sociales), exteriores y salas cinematográficas, permitiendo de esta manera evaluar y enviar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) la publicidad de alto riesgo que se encuentre fuera de norma, mediante Guías de Coadyuvancia y la de menor riesgo a través de oficios de exhortación generados en el Departamento de Operación Sanitaria de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios.

 

 

Líneas de Acción:

✔Monitoreo

Mensualmente, se lleva a cabo el monitoreo que consiste en la detección de irregularidades en la publicidad de productos y servicios sujetos a control sanitario transmitidos por medios de comunicación y difusores (radio, televisión, impresos, web, exteriores y cine) para su resguardo, registro en formatos de control, evaluación de las irregularidades y dictamen.

✔Evaluación de la publicidad monitoreada

Este punto consiste en la evaluación de la publicidad monitoreada. Se revisa si cuenta o no con aviso o permiso publicitario, se consultan los datos profesionales de los responsables sanitarios del establecimiento o servicio que se anuncia, se investiga sobre las características de los productos, etc., con el objeto de clasificar la publicidad de acuerdo al grado de riesgo que represente para la población y determinar así, cuál debe ser remitida a la COFEPRIS mediante Guías de Coadyuvancia (cuando representan un mayor riesgo a la salud de la población); así como seleccionar aquella publicidad que solamente se le realiza Carta de Exhortación al anunciante (por representar menor riesgo).

✔Elaboración de Guías y oficio de Coadyuvancia (OFCO)

Si se determina que la publicidad representa un alto riesgo sanitario debido a la magnitud de sus irregularidades, esta requerirá la elaboración de una Guía de Coadyuvancia, que consiste en un formato proporcionado por la COFEPRIS con rubros y espacios donde quedan registrados los datos de la publicidad y se adjunta a la misma la publicidad original detectada. Se envían a la COFEPRIS para su seguimiento.

✔Elaboración de Cartas de Exhortación (CAEX)

Son oficios dirigidos al anunciante para exhortarlo a corregir las anomalías menores en su publicidad, como por ejemplo realizar su trámite de Aviso o Permiso Publicitario en el Centro Integral de Servicios (CIS) de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios. A los oficios se adjunta la copia de la publicidad detectada.

✔Evaluación técnica de los proyectos publicitarios presentados en el CIS

Los proyectos publicitarios que se entregan en el CIS, para trámite de Aviso Publicitario, después del proceso, son enviados al área de Vigilancia Sanitaria de la Publicidad para su archivo. Sin embargo, es también la oportunidad para una revisión técnica previa al resguardo, con el objetivo de verificar que no se haya pasado por alto ningún dato del anunciante. En caso de hacer falta algún documento o información, se elabora un oficio de Aviso de Prevención dirigido al usuario para que complemente lo que haga falta.

Por otro lado, el Permiso Publicitario, requiere a diferencia del Aviso, una autorización publicitaria. Por consiguiente, el trámite se realiza a través del CIS, pero quien finalmente genera la autorización, es el Departamento de Operación Sanitaria a través del área de Vigilancia Sanitaria de la Publicidad de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios. Del mismo modo, la documentación del anunciante es entregada a esta área para su evaluación, que de resultar satisfactoria concluirá con la autorización del trámite, o de estar incompleta la documentación, se enviará oficio de Aviso de Prevención con un plazo considerable para que el usuario presente los datos o documentos faltantes. De no presentarse en ese lapso, el trámite de Permiso queda anulado.

✔Elaboración de Permisos Publicitarios y Avisos de Prevención

Los Permisos Publicitarios son elaborados por el área de Vigilancia Sanitaria de la Publicidad, una vez que se ha revisado un proyecto ingresado a través del CIS. Si la documentación del anunciante está completa y la información publicitaria no infringe la legislación sanitaria vigente, se genera una clave de Permiso Publicitario que va incluida en el oficio autorizado y firmado por la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios. La clave autorizada debe figurar en la publicidad que se difundirá por medios impresos.

Los Avisos de Prevención se emiten cuando el proyecto de publicidad presenta alguna irregularidad que contraviene la legislación sanitaria vigente, o bien, si el anunciante no adjunta la documentación completa que lo acredite como tal para el servicio que presta o ya sea para algún producto.

✔Difusión de la normatividad sanitaria para anunciantes en materia de Control Sanitario de la Publicidad

En lo que a esto respecta, se programan pláticas informativas sobre el Control Sanitario de la Publicidad.

Las pláticas con los anunciantes son divididas según los rubros para dirigir la información de acuerdo con la audiencia, tipo de producto o servicio que se publicita.

Las demás que la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios y otras disposiciones aplicables le confieran.