Orientación y Asesoría para obtener el Registro Constitutivo como Asociación Religiosa ante la Secretaría de Gobernación.
Categoría: Seguridad, Justicia y Atención Ciudadana
Secretaria de Gobierno
Última modificación: 05-02-2021
Que las iglesias o agrupaciones religiosas cuenten con personalidad jurídica como asociación religiosa de conformidad con lo establecido en los artículos 6° y 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Se inicia con la recepción de la solicitud elaborada por el representante legal de la asociación religiosa, anexando la documentación requerida, la Dirección de Normatividad la revisa detalladamente, integra el expediente y posteriormente por medio de un oficio dirigido a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación en la Ciudad de México, el Director General de Asuntos Religiosos envía el expediente para el inicio del trámite.
Escrito de solicitud de registro constitutivo, suscrito por el representante legal de la asociación religiosa, dirigido al Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación que contenga lo siguiente:
1. Uso de suelo notorio arraigo (lo da el secretario del H. Ayuntamiento del municipio donde se encuentra el predio).
2. Copia de plano del predio
3. Apoderado legal
4. Copia de escritura
5. Relación de asociados
6. Relación de mesa directiva
7. Relación de ministro de culto
8. Estatutos
9. Copia del acta de nacimiento, credencial de elector, curp de cada uno de los asociados, mesa directiva, apoderado legal y ministro de culto.
1. Uso de suelo notorio arraigo (lo da el secretario del H. Ayuntamiento del municipio donde se encuentra el predio).
2. Copia de plano del predio
3. Apoderado legal
4. Copia de escritura
5. Relación de asociados
6. Relación de mesa directiva
7. Relación de ministro de culto
8. Estatutos
9. Copia del acta de nacimiento, credencial de elector, curp de cada uno de los asociados, mesa directiva, apoderado legal y ministro de culto.
Gratuito
Lunes a Viernes
8:30 a 15:30 horas.
Coordinación de Asuntos Religiosos
Prolong. Ignacio Zaragoza Esq. Carmen Cadena de Buendía No. 100
Col. Nueva Villahermosa
C.P. 86070
Tel. 1313618
Una orientación o asesoría para obtener el registro constitutivo como asociación religiosa
Tres meses aproximadamente, si los solicitantes cumplen con la documentación que se le requiere en cada asesoría.
Los integrantes del órgano de representación de la iglesia o agrupación religiosa.
Lic. Williams Antonio Madrigal Vera Coordinador de Asuntos Religiosos
A través del Lic Mario Aguilar Alvarado Director de Normatividad Religiosa
Telefono: 1 31 36 18
lo establecido en los artículos 6° y 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento.


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