
Orientación y asesoría para la Declaratoria de Procedencia e Inscripción de Inmuebles propiedad de las Asociaciones Religiosas
Homoclave: SG-2021-5422-035-A
Secretaria de Gobierno
Descripción:
Dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 16, 17, 18 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 20, 23, 24 y 25 de su Reglamento, con la finalidad de garantizar el derecho de las asociaciones religiosas de adquirir inmuebles para el cumplimiento de sus objetivos, además de contar con un registro actualizado de dichos bienes, que les permita ejercer con plena libertad sus actividades de propagación, enseñanza y administración de su cuerpo de creencias
Última modificación: 07/10/2024
Tipo:
Asesoría
Tipo de servicio:
Asesoría
Dependencia:
Secretaria de Gobierno
Unidad administrativa:
Coordinación de Asuntos Religiosos
Nivel de gobierno:
Administración Pública Estatal