Extensión de pensión por orfandad
Homoclave: ISSET-2021-5404-018-A
Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco
Descripción:
Los hijos o hijas solteros, mayores de dieciocho años, hasta la edad de veinticinco años, podrán extender el beneficio de esta pensión de orfandad, de manera semestral, previa comprobación de que están realizando estudios acorde a su edad en instituciones públicas o con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (REVOE) y acrediten además la dependencia económica total.
Última modificación: 10/04/2024
Tipo:
Solicitud
Tipo de servicio:
Solicitud
Dependencia:
Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco
Unidad administrativa:
Dirección de Prestaciones Socioeconómicas
Nivel de gobierno:
Administración Pública Estatal
Requisitos
La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.