Certificado de Discapacidad Permanente
Homoclave: DIF-2023-5432-008-A
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
Descripción:
Después de una valoración médica o avalada por el estudio correspondiente a la discapacidad permanente, se extiende la constancia de discapacidad para los trámites que sea requerida.
Última modificación: 16/04/2024
Tipo:
Constancia
Tipo de servicio:
Constancia
Dependencia:
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
Unidad administrativa:
Direccion del Centro de Rehabilitacion y Educacion Especial
Nivel de gobierno:
Administración Pública Estatal
Requisitos
Formato Requerido
Pasos
1.-Realizar el pago de cuota de recuperación |
2.-Pasar con el medico especialista para realizar la valoración medica correspondiente |
Costo
$27.00
Monto fijo
Moneda en la que se realizó el pago:
Pesos Mexicanos
Metodología utilizada para cálculo del monto:
¿En dónde puedo realizar el pago?
AREA DE CAJA DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN Y EDUCACIÓN ESPECIAL
Descripción del medio de pago:
Etapa del trámite o servicio en que se realiza o se puede realizar el pago:
Previo al inicio del trámite
Plazos
Plazo de la respuesta
Tiempo que tiene la dependencia para resolver:
1 Inmediato
Plazo de prevención
Vigencia
Vigencia:
No aplica
Quién puede solicitarlo
Lo puede solicitar:
Interesado
¿En qué caso se debe realizar el trámite o servicio?
cualquier persona que lo solicite, después de una valoración medica que avale su situación de discapacidad permanente.
Descripción | Requerido |
---|---|
La resolución de este trámite está vinculada con la presentación de otros trámites | NO |
La resolución es requisito de otro trámite | NO |
Autoridad Responsable
Nombre:
MICHELY MENDOZA CARAVEO
Rol del funcionario:
Contacto oficial
Cargo:
SUBDIRECTOR MEDICO
Correo electrónico:
mimeca03@hotmail.com
Teléfono:
(993) 314-1720
Ext:
39420
Fundamento Jurídico
Tipo: Ley
Nombre: Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Árticulo : 10
Fraccion : no aplica
Inciso : NO APLICA
Ambito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Árticulo : 134
Fraccion : NO APLICA
Inciso : NO APLICA
Ambito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tabasco
Árticulo : 39
Fraccion : XV
Inciso : NO APLICA
Ambito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tabasco
Árticulo : 39
Fraccion : I,II,II
Inciso : NO APLICA
Ambito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hacienda del Estado de Tabasco
Árticulo : Por los servicios prestados por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, se causarán y pagarán los siguientes derechos conforme a lo siguiente:
Fraccion : II
Inciso : A
Otro: A) Catálogo de Conceptos y Cuotas de Recuperación de Atención Médica Especializada, Órtesis y Prótesis.
Ambito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Árticulo : 10
Fraccion : NO APLICA
Inciso : NO APLICA
Otro: NO APLICA
Ambito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Hacienda del Estado de Tabasco
Árticulo : ANEXO SEGUNDO
Fraccion : II
Inciso : A
Otro: No aplica
Ambito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tabasco
Árticulo : 39
Fraccion : XV
Inciso : No aplica
Otro: No aplica
Conservar Información
Descripción:
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO, MATRIZ DE INDICADORES, MEJORA REGULATORIA
Estadística
Número de solicitudes aceptadas:
188
Horario y lugar
Lugar:
Centro de Rehabilitación y Educación Especial
Av. Periferico Carlos Pellicer Camara S/N Arco Noreste Col. Casa Blanca 2da Sección Villahermosa, Casa Blanca 2a Sección, Sin numero, C.P.86060, Telefono: (993) 319-1720, ,ext. 39420,<BR> Correo: cree_diftabasco@hotmail.com Horario:
Lunes | Martes | Miécoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo | 06:30 a 03:00 | 06:30 a 03:00 | 06:30 a 03:00 | 06:30 a 03:00 | 06:30 a 03:00 |
La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.