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Servicio de la Defensor Público, en materia de adolescentes, será aplicado en términos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia penal para Adolescentes (LNSIJPA).

1.         Ejercer la defensa legal de los adolescentes a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito;

2.         Asistir al adolescente sujeto a la aplicación de la Ley de Justicia para Adolescentes;

3.         Mantener una comunicación constante con el adolescente, sus padres, tutores, o quien ejerza la patria potestad o custodia;

4.         Pugnar para que en todo momento se respeten los derechos y garantías de los adolescentes a quienes defiende;

5.         Informar de inmediato al adolescente sujeto a la aplicación de la Ley de Justicia para Adolescentes, sobre su situación jurídica, así como los derechos y garantías que le otorgan las disposiciones legales aplicables;

6.         Promover soluciones alternativas al proceso;

7.           Solicitar al Ministerio Público especializado el no ejercicio de la remisión ante el Juez Especializado en Justicia para Adolescentes, cuando no se encuentren reunidos los elementos necesarios para ello;

8.         Realizar todos los trámites o gestiones necesarios, en tiempo y conforme a derecho para una eficaz defensa del adolescente.