Regulación de fuentes fijas de emisiones a la atmósfera
Para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción estatal que emitan o puedan emitir olores, gases, partículas solidas o liquidas a la atmósfera requerirá contar con licencia de funcionamiento.
¿Quiénes deben tramitar la licencia de funcionamiento?
- Agroindustria.
- Industria alimenticia.
- Industria de bebidas.
- Industria azucarera y productos derivados de la caña.
- Industria hulera.
- Industria licorera.
- Asfaltadoras.
- Industria del concurso premezclado.
- Todas aquellas que no sean consideradas por la federación o el municipio.
¿Quiénes deben presentar COA-RETC?
Los establecimientos de competencia estatal que cuenten con licencia de funcionamiento de emisiones a la atmósfera o en su caso que manejen o transfieran sustancias RETC, que generen residuos de manejo especial o que emitan descargas de aguas residuales.
Trámites y Requisitos
Trámite | Escrito de solicitud | Pago de derechos | Información técnica conforme a formato | Copia en medio magnético | Documentos legales del promovente | Tiempo de trámite (días hábiles) |
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Licencia de funcionamiento |
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30 |
Actualización de licencia de funcionamiento |
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30 |
Presentación en enero-febrero de COA-RETC |
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No aplica |
Permiso de fuente fija temporal |
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No aplica | ||
Autorización de prácticas contra incendio a cielo abierto |
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