Registro de divorcio administrativo
1.- Descripción del trámite
Se hace con la finalidad de disolver el vínculo matrimonial de parejas que lo soliciten.
2.- ¿Cuáles son los requisitos para tramitarlo?
- Solicitud de divorcio proporcionada por la Oficialía del Registro Civil
- Acta de matrimonio
- Acta de nacimiento de ambos divorciantes
- CURP de ambos divorciantes
- Identificación de ambos
- Certificado de no gravidez de la divorciante
- Dos testigos con identificación mayores de edad
- Escrito dirigido al oficial donde manifiesten que es su voluntad divorciarse por la vía administrativa, que no procrearon hijos y que no adquirieron bienes muebles e inmuebles.
- Que tengan más de un año de haber contraído matrimonio.
3.- ¿Cuánto cuesta y donde puedo pagarlo?
Este trámite tiene un costo conforme a lo establecido en el tabulador de cada municipio y se realiza en la oficialía correspondiente al acto.
4.- ¿Dónde puedo realizar el trámite?
En las Oficialías del Registro Civil del Estado.
5.- ¿En qué horario?
De 8:00 a 15 horas.
6.- ¿Cuándo puedo realizarlo?
Cuando los usuarios lo requieran.
7.- ¿Cuál es el tiempo de respuesta de la dependencia una vez entregados los requisitos correspondientes?
A los 15 días hábiles posteriores a la solicitud de divorcio.
8.- ¿Quién puede realizarlo?
Los interesados.
9.- ¿Qué obtengo?
El registro de divorcio.
10.- Responsable del trámite
Titulares de las Oficialías del Registro Civil.