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Registro de divorcio administrativo

1.- Descripción del trámite

Se hace con la finalidad de disolver el vínculo matrimonial de parejas que lo soliciten.

2.- ¿Cuáles son los requisitos para tramitarlo?

  • Solicitud de divorcio proporcionada por la Oficialía del Registro Civil
  • Acta de matrimonio
  • Acta de nacimiento de ambos divorciantes
  • CURP de ambos divorciantes
  • Identificación de ambos
  • Certificado de no gravidez de la divorciante
  • Dos testigos con identificación mayores de edad
  • Escrito dirigido al oficial donde manifiesten que es su voluntad divorciarse por la vía administrativa, que no procrearon hijos y que no adquirieron bienes muebles e inmuebles.
  • Que tengan más de un año de haber contraído matrimonio.

 

3.- ¿Cuánto cuesta y donde puedo pagarlo?

Este trámite tiene un costo conforme a lo establecido en el tabulador de cada municipio y se realiza en la oficialía correspondiente al acto.

4.- ¿Dónde puedo realizar el trámite?

En las Oficialías del Registro Civil del Estado.

5.- ¿En qué horario?

De 8:00 a 15 horas.

6.- ¿Cuándo puedo realizarlo?

Cuando los usuarios lo requieran.

7.- ¿Cuál es el tiempo de respuesta de la dependencia una vez entregados los requisitos correspondientes?

A los 15 días hábiles posteriores a la solicitud de divorcio.

8.- ¿Quién puede realizarlo?

Los interesados.

9.- ¿Qué obtengo?

El registro de divorcio.

10.- Responsable del trámite

Titulares de las Oficialías del Registro Civil.