Por uietabasco, 4 Octubre, 2017

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes del estado (SCT), por medio de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Acceso a la Información, informa que con fecha 7 de abril de 2016 se dio inicio al Procedimiento Administrativo de Cancelación de Concesión contra la empresa TRANSPORTE LEYTO, S. C. DE R. L. DE C. V., con base en denuncias presentadas de manera personal por los delegados municipales de las rancherías Coronel Traconis 2ª, 3ª, 4ª y 5ª secciones, municipio de Centro, bajo la causal de abandono de rutas y prestación de servicio con unidades no autorizadas, ordenándose al personal operativo de esta dependencia realizar las investigaciones correspondientes.
 
En las investigaciones se corroboró el abandono del servicio de transporte, procediéndose además a la detención de unidades automotrices que no portaban número económico y la debida autorización, a través de operativos de supervisión por parte de la SCT, procedimiento en el que compareció en todo momento el representante legal de la empresa, Laureano Leyto de la Cruz, quien aportó las pruebas que consideró pertinentes y, agotado el proceso, con fecha 20 de enero de 2017 se resolvió la cancelación de la concesión.
 
Esa misma fecha, TRANSPORTE LEYTO fue notificada a través de abogado autorizado para ello, siendo conocedores desde ese momento que ya no debían continuar con el servicio puesto que desde que se les dio a conocer la resolución administrativa carecían del derecho para seguir operando.
 
Haciendo uso de su derecho, el representante legal, con fecha 2 de marzo de 2017, inició el juicio número 195/2017 radicado en la Primera Sala de lo Contencioso Administrativo, mismo que se encuentra en vísperas de auto de admisión de pruebas; cabe aclarar que en ningún momento la citada autoridad concedió a favor del actor alguna medida suspensional que le permitiera continuar dando servicio.

A pesar de que la empresa era conocedora de la resolución administrativa emitida por esta Secretaría, posterior al 30 de enero de 2017, sin elementos de operación ni autorización, continuó realizado actividades de transporte público, motivo por el cual le fueron retenidas algunas unidades automotrices, de manera que la SCT sólo ha actuado en términos de lo que dispone la Ley de Transportes para el Estado de Tabasco.