Estrategia Nacional de Buen Gobierno del Sistema Federal Sanitario

Marco Normativo

La presente Estrategia será implementada en apego al marco normativo vigente en materia de protección de la salud contra riesgos sanitarios, orientada a promover los valores, las reglas de integridad y ética en el servicio público en las APCRS, en el pleno y debido ejercicio de las personas servidoras públicas, mediante la prevención de conductas que representen posibles actos de corrupción y que repercutan en la debida ejecución de los procesos de operación y fomento sanitarios en el SFS, fortaleciendo así la honradez, la eficiencia, la eficacia, e imparcialidad de la persona servidora pública.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4°, párrafo cuarto, establece que toda persona tendrá derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Esta garantía constitucional se consagra en la Ley General de Salud, en sus artículos 1º y 2º, los cuales señalan el derecho a la protección de la salud, que tiene toda persona en el territorio mexicano. Asimismo, en su artículo 17 bis, establece que la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, instrumentará la política nacional de protección contra riesgos sanitarios.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se enuncia como uno de los objetivos y lineamientos centrales del sexenio que la corrupción ha de erradicarse en toda la administración pública, no sólo la corrupción monetaria sino la que conlleva la simulación y la mentira, a fin de asegurar que ningún servidor público pueda beneficiarse del cargo que ostente, sea del nivel que sea, salvo en lo que se refiere a la retribución legítima y razonable por su trabajo, esto es, un combate total y frontal a la concesión de beneficios a terceros a cambio de gratificaciones, la extorsión a personas físicas o morales, el tráfico de influencias, el amiguismo, el compadrazgo, la exención de obligaciones y de trámites, y el aprovechamiento del cargo o función para lograr cualquier beneficio personal o de grupo.

En el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, así como en el Programa Institucional de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 2020-2024, se establece homologar acciones bajo un enfoque territorial y actualizado con el propósito de combatir la corrupción y proteger a la población.

La presente Estrategia será implementada en apego al marco normativo vigente en materia de protección de la salud contra riesgos sanitarios, orientada a promover los valores, las reglas de integridad y ética en el servicio público en las APCRS, en el pleno y debido ejercicio de las personas servidoras públicas, mediante la prevención de conductas que representen posibles actos de corrupción y que repercutan en la debida ejecución de los procesos de operación y fomento sanitarios en el SFS, fortaleciendo así la honradez, la eficiencia, la eficacia, e imparcialidad de la persona servidora pública.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4°, párrafo cuarto, establece que toda persona tendrá derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Esta garantía constitucional se consagra en la Ley General de Salud, en sus artículos 1º y 2º, los cuales señalan el derecho a la protección de la salud, que tiene toda persona en el territorio mexicano. Asimismo, en su artículo 17 bis, establece que la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, instrumentará la política nacional de protección contra riesgos sanitarios.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se enuncia como uno de los objetivos y lineamientos centrales del sexenio que la corrupción ha de erradicarse en toda la administración pública, no sólo la corrupción monetaria sino la que conlleva la simulación y la mentira, a fin de asegurar que ningún servidor público pueda beneficiarse del cargo que ostente, sea del nivel que sea, salvo en lo que se refiere a la retribución legítima y razonable por su trabajo, esto es, un combate total y frontal a la concesión de beneficios a terceros a cambio de gratificaciones, la extorsión a personas físicas o morales, el tráfico de influencias, el amiguismo, el compadrazgo, la exención de obligaciones y de trámites, y el aprovechamiento del cargo o función para lograr cualquier beneficio personal o de grupo.

En el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, así como en el Programa Institucional de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 2020-2024, se establece homologar acciones bajo un enfoque territorial y actualizado con el propósito de combatir la corrupción y proteger a la población contra posibles riesgos, fortaleciendo la transparencia, profesionalismo y equidad en las Áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios de las Entidades Federativas, primordialmente en los procesos de regulación, control y fomento sanitarios, a fin de inhibir actos de corrupción que limitan la efectividad de las acciones para proteger a la población mexicana contra riesgos sanitarios.