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Lineamientos del Programa de Estímulo Económico por Antigüedad del Gobierno del Estado de Tabasco

El Secretario de Administración e Innovación Gubernamental del Gobierno del Estado de Tabasco, Lic. Oscar Trinidad Palomera Cano, en términos de los artículos 14 fracciones I, II y X y 33, fracciones I, XV y XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 4 y 5 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco; 9, fracciones XI, y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental; y 120, fracciones I, II y V, 122, 123 y 127 de las Condiciones Generales de Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; y

CONSIDERANDO

PRIMERO.Que corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental, establecer, supervisar y difundir las normas, políticas, programas y procedimientos relacionados con la administración de los recursos humanos, entre los que se encuentran los Lineamientos relativos a la aplicación de incentivos y estímulos a los trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado.

SEGUNDO.Que en los últimos años, el Gobierno del Estado, a través del “Programa de Estímulo Económico por Antigüedad”, ha reconocido la permanencia de miles de trabajadores en el servicio público; quienes con su constancia y tenacidad han dedicado gran parte de su vida laboral en apoyar las diferentes tareas de la Administración Pública Estatal, lo cual resulta relevante para la prestación de los servicios públicos.

TERCERO.Que con la finalidad de brindar certeza y transparencia al procedimiento que se ha venido aplicando en la operación del citado Programa, el 22 de febrero del 2016, se emitieron los Lineamientos del “Programa de Estímulo Económico por Antigüedad” del Gobierno del Estado de Tabasco, en donde se establecieron con claridad los propósitos del Programa, personal a beneficiar, los requisitos y documentación necesaria para participar, las causales de improcedencia para el otorgamiento del beneficio, así como las diferentes etapas en que se desarrollará, entre otros aspectos.

CUARTO.Que en las Condiciones Generales de Trabajo que entraron en vigor el 1° de febrero de 2017, se determinó incrementar el monto del estímulo económico por antigüedad, así como incorporar como beneficiarios a quienes cumplan 55 y 60 años de servicio público, por lo que resulta necesario actualizar los Lineamientos del Programa para contemplar dicha modificación.

QUINTO. Que derivado de la publicación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, en el Periódico Oficial Extraordinario No.133 de fecha 28 de diciembre de 2018,se realizó una nueva reorganización institucional, que busca a través de las mejores prácticas a nivel nacional e internacional, forjar un Buen Gobierno capaz de reemplazar viejas estructuras burocráticas por sistemas innovadores que permitan consolidar instituciones ágiles, eficientes, honestas y transparentes, motivo por el cual se considera pertinente realizar modificaciones a los Lineamientos del “Programa de Estímulo Económico por Antigüedad”. Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS DEL “PROGRAMA DE ESTÍMULO ECONÓMICO POR ANTIGÜEDAD”

 

 
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