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Requisitos para Juicio de registro extemporáneo de nacimiento

Requisitos para Juicio de registro extemporaneo de nacimiento

El Juicio de registro extemporaneo se tramita ante los Juzgados Familiares

 A. 02 Constancias donde indique, que no existe registro previo de nacimiento del solicitante.

  • - Expedida por el Archivo General del Registro Civil
  • - Expedida por la Oficialía del Registro Civil de su lugar de nacimiento

B. Constancia de residencia expedida por el Delegado Municipal, que tenga como mínimo 3 años de vivir en el lugar, sellada y con fotografía reciente.

C. Acta de matrimonio original en caso de ser casado(a).

D. Acta de nacimiento original de sus hijos

E. Cualquier documento donde esté escrito su nombre completo, ya sea  recibo de luz, agua, teléfono, etc.

F. Documento de los padres: acta de matrimonio, nacimiento o defunción  (según el caso)

G. Nombre de dos  testigos, que sepan leer y escribir, con credencial de elector reciente, que sean mayores que el interesado o hasta de la misma edad, los cuales pueden ser familiares.

NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR LIMPIOS Y ACTUALIZADOS (NI TACHADOS, ROTOS O MANCHADOS).

En el Instituto de la Defensoría Pública, tenemos un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 hrs.

Recuerde: el servicio que brinda el personal del Instituto de la Defensoria Pública son totalmente GRATUITOS.