SEIACC | Gestión de Residuos
Gestión de Residuos |
Residuos de Manejo Especial (RME) Son aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos de sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos. De acuerdo con el artículo 19 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Tabasco (LPGIRET), se clasifican en los términos siguientes:
I. Residuos de las rocas o los productos de su descomposición; II. Residuos de servicios de salud; III. Residuos orgánicos e inorgánicos generado por actividades intensivas agrícolas, silvícolas y forestales; IV. Residuos orgánicos e inorgánicos de las actividades intensivas avícolas, ganaderas y pesqueras; V. Residuos de las actividades de transporte; IX. Residuos de origen industrial y agroindustrial que por sus características no sean considerados peligrosos; X. Residuos de tiendas de autoservicio, departamentales, restaurantes, hoteles, moteles, establecimientos comerciales y de servicio; XI. Otros que determinen la Secretaría, la Federación y los Municipios, que así convengan para facilitar su gestión integra.
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