Dirección de Construcción
Corresponde a la Dirección de Construcción el ejercicio de las siguientes atribuciones;
I. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones a su cargo;
II. Ejecutar el programa de construcción de las vías de comunicaciones y supervisar que se cumpla las metas y objetivos programados;
III. Coordinarse con la Dirección Técnica, en todo lo referente a la autorización de los programas de obra;
IV. Coordinarse con la Dirección de Conservación, en las actividades de reconstrucción ejecutadas conjuntamente;
V. Coordinarse con la Dirección Administrativa en lo relacionado al trámite de documentos administrativos, financieros o de materiales;
VI. Proponer políticas, medidas y procedimientos para precisar y hacer mas eficientes las acciones de trabajo de la dirección;
VII. Proponer al Director General las transferencias de fondos y suficiencia presupuestal necesaria para el desarrollo de sus funciones;
VIII. Presentar a la Dirección General los estados de rendimientos de maquinaria, personal y costos de materiales ocupados en la construcción de caminos y puentes;