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Corrección administrativas en actas de nacimiento

Si necesitas realizar alguna corrección de datos de algún tipo de acta, acude al área de Jurídico en la Dirección General del Registro Civil, el cual te guiará y apoyará en la resolución de tu caso.

 

Requisitos:

  • - Oficio de corrección administrativa emitido por la oficialía correspondiente
  • - Acta de nacimiento del interesado o acta a corregir
  • - Copia del libro de registro de la oficialía
  • - Acta de nacimiento de la madre o el padre, según sea el caso
  • - Acta de matrimonio
  • - Acta de nacimiento del hijo (a)
  • - Acta de nacimiento de los abuelos paternos o maternos según sea el caso
  • - Acta de defunción, según sea el caso
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Horario:

Lunes, miércoles y viernes de 08:00 hrs a 14:00 hrs