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Cambio de jurisdicción (Bienes inmuebles)

Descripción del Trámite

Te permite hacer el cambio de jurisdicción de una oficina registral a otra de alguna propiedad.

¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?

  1. Constancia catastral.
  2. Escrito de petición del cambio de jurisdicción.
  3. Plano.
  4. Certificado de libertad de gravamen.
  5. Escritura original y copia certificada de la misma.
  6. Recibo oficial de pago de los derechos correspondientes.

Nota importante: En caso de encontrarse la propiedad agravada o en litigio, deberá anexarse un escrito debidamente firmando, certificado y sellado donde el acreedor(es) o parte(s) interesada(s) está(n) de acuerdo en que se realice el cambio de jurisdicción.

¿Cuánto cuesta y dónde puedo pagar?

$1,460.80 (20 U.M.A)Y pueden pagar en las Cajas de la Secretaría de Planeación y Finanzas ubicadas en Av. Ruiz Cortines s/n, Edificio Finanzas (Base 4).

¿Dónde puedo realizar el trámite?

En Av. Ruiz Cortinez s/n, Edificio Finanzas (Base 4), planta alta, en la Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

¿En qué horario(s) se puede realizar el trámite?

De Lunes a Viernes
9:00 a 14:00 hrs.

¿Cuándo puedo realizarlo?

Cuandoel bien inmueble cambie de municipio y por lo consecuente sea otro registro publico del estado que recaiga en su jurisdicción.

¿Cuál es el tiempo de respuesta de la dependencia una vez entregados los requisitos correspondientes?

20 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?

Representante legal y/o Interesado

¿Qué obtengo?

Siel trámite es aceptado, se expide la nota de Inscripción donde se certifica que el acto quedó inscrito en en el Registro Público, en caso contrario se expide una nota de rechazo donde se menciona el motivo de esta, el cual debe subsanar y con el mismo recibo de pago hacer de nueva cuentael trámite.

Responsable del trámite

Lic. María del Rosario Frías Ruiz, Directora General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio

Teléfono: (993) 131-3733 y (993) 131-3920

 

La legalidad, veracidad y la calidad de la información de la presente ficha de trámite es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó al ser autoridad responsable de la gestión del trámite en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.