Atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Energético

I.    Fomentar entre la población y los sectores productivos el ahorro de energía a través del uso eficiente y sustentable;
 
II.    Promover el desarrollo y uso de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos, así como energías renovables y proponer, en su caso, los estímulos correspondientes;

III.    Proponer a las autoridades federales competentes, órganos reguladores y Empresas Productivas del Estado, la implementación de proyectos estratégicos de desarrollo energético en el Estado mediante la creación de instrumentos jurídicos y mecanismos de asociación que permitan la atracción de la inversión pública y privada, para garantizar el desarrollo energético en materia de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, electricidad y energías renovables;

IV.    Coadyuvar, participar y apoyar proyectos de inversión, infraestructura y servicios de energía en sus diferentes modalidades con el gobierno federal, las Empresas Productivas del Estado y el sector privado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las disposiciones legales, administrativas y reglamentarias aplicables;

V.    Establecer, conducir, realizar, difundir, promover, coordinar y evaluar las políticas, programas, acciones y estrategias sectoriales de desarrollo energético en el ámbito de la competencia estatal, conforme a la legislación correspondiente y las directrices establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo;

VI.    Formular y ejecutar los planes y programas de desarrollo sustentable del sector de energía, considerando su impacto estatal y regional y las directrices del Gobernador, en el marco del Sistema Estatal de Planeación Democrática;

VII.    Emprender y coordinar acciones de concertación con el sector de energía y propiciar el equilibrio armónico entre las actividades petroleras y de electrificación con las demás productivas del Estado, para mejorar las condiciones sociales, económicas y ambientales de las zonas petroleras  del Estado; con la participación que le corresponde a las diferentes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal;

VIII.    Participar con la Comisión Federal de Electricidad y las autoridades competentes para que el suministro de energía eléctrica se provea con la cantidad y calidad suficiente y mediante tarifas accesibles para el desarrollo social del Estado;

IX.    Establecer e instrumentar acciones dirigidas a la prevención y restauración de daños causados por las actividades petroleras, de electrificación, hidráulicas y otras, con el propósito de conservar y proteger los recursos naturales de la Entidad en coordinación con las autoridades federales competentes;

X.    Promover programas de energías alternativas para proporcionar energía a las comunidades aisladas o dispersas, que no tienen posibilidad de contar con servicios de la energía tradicional;

XI.    Acordar e implementar con las autoridades federales y estatales que corresponda, los mecanismos para diagnosticar, evaluar y en su caso gestionar la indemnización por las afectaciones a zonas productivas y otras ocasionadas por el quehacer de las actividades petroleras, de electrificación e hidráulicas;

XII.    Con la colaboración de las diferentes Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, dar respuesta integral a la problemática generada por la actividad petrolera, propiciando la participación social de los habitantes de las zonas, para promover el fortalecimiento de los sistemas productivos, el mejoramiento del entorno ecológico y elevar la calidad de los servicios básicos que requieren esas comunidades

XIII.    Promover la realización de estudios, investigaciones, diagnósticos y auditorías ambientales en zonas de mayor actividad petrolera y de electrificación, con la finalidad de instrumentar acciones que permitan disminuir accidentes y mitigar desequilibrios ecológicos;

XIV.    Colaborar con las Dependencias y Entidades de los tres órdenes de gobierno y los sectores sociales y productivos de la Entidad en las tareas y acciones necesarias para lograr el equilibrio armónico entre las actividades petroleras, de electrificación, hidráulicas en el Estado;
 
XV.    Colaborar con las autoridades federales, estatales y las municipales para promover la investigación, producción y uso de energías alternativas, así como coadyuvar con la Federación en la promoción del uso racional de la energía actual;

XVI.    Promover y en su caso participar, en la realización de estudios, investigaciones y diagnósticos para conocer el potencial de aprovechamiento y desarrollo energético en el Estado, así como la consolidación de la demanda de energéticos;

XVII.    Impulsar y promover la integración de cadenas productivas locales para la proveeduría de bienes y servicios especializados a los asignatarios de exploración y extracción, así como de las empresas del sector energético en el Estado;

XVIII.    Promover acciones de apoyo para el aprovechamiento de las energías renovables; y

XIX.    Las demás que se prevean en otras disposiciones o le sean encomendadas por el Gobernador.